9 ago 2009

CONVENIO ENTRE I.N.T.A., A.C.E.P.T. N° 10 Y MUNICIPALIDAD DE ROJAS

CONVENIO DE COOPERACIÓN TÉCNICA ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA, LA ASOCIACIÓN DE CENTROS EDUCATIVOS PARA LA PRODUCCIÓN TOTAL Nº 10 DE HUNTER Y LA MUNICIPALIDAD DE ROJAS

Entre la Asociación de Centros Educativos para la Producción Total Nº 10 de Hunter, en adelante A.C.E.P.T., con domicilio legal en Hunter (Partido de Rojas), representada en este acto por el Presidente Sr. Julio Pique, por una parte, La Municipalidad de Rojas, en adelante “MR” con domicilio legal en Mitre 282 de la ciudad de Rojas, representada en este acto por el Intendente Municipal Sr. Norberto Aloé y por el Instituto Nacional de Tecnología Agropecuaria, con domicilio legal en calle Rivadavia 1439, de la Ciudad de Buenos Aires, representado en este acto por el Director del Centro Regional Buenos Aires Norte Ing. Agr. Rolando Hernández por la otra.
Considerando:
• Que en el año 1994 se firma un ACTA – ACUERDO entre el C.E.P.T. Nº 10 de Hunter y la UEEA (Unidad de extensión y experimentación adaptativa) de INTA Arrecifes, donde se enuncian la necesidad de asistencia técnica para el desarrollo agropecuario, eficientizar una coordinación de esfuerzos y la búsqueda de nuevas alternativas productivas.
• Que en el año 2004 se firma un convenio de Cooperación Técnica entre el INTA y la A.C.E.P.T. Nº 10 para el desarrollo sustentable de los pequeños productores apícolas del partido de Rojas, conformando un grupo PROFAM, actualmente vigente.
• Que en el año 2005 se firma un convenio de cooperación Técnica entre el INTA y la Municipalidad de Rojas que tiene por finalidad el “apoyo al Desarrollo Local mediante el fortalecimiento de procesos de transformación institucional, social y productiva, en un marco de participación, organización, concertación y articulación en redes entre los actores vinculados al Desarrollo Territorial Rural”…
• Que se vienen desarrollando en forma conjunta distintas actividades tendientes a promover el desarrollo territorial de las comunidades a través de la implementación de programas específicos institucionales tales como “Pueblos I” y “Pueblos II”, “Mujeres Rurales”, Programa Federal de Apoyo al desarrollo Rural Sustentable (PROFEDER).
• Que es preciso definir una agenda para profundizar las instancias de concertaciones necesarias y suficientes para el desarrollo de la nueva institucionalidad como un proceso de construcción social desde el propio territorio, que parte de la adopción de consensos, conformación de redes y alianzas de mayor complejidad que vayan institucionalizando contratos sociales y fortaleciendo la confianza mutua entre los agentes.
• Que es necesario como proceso para afianzar las relaciones institucionales, formalizar el presente convenio para que las acciones emprendidas y las futuras se enmarquen en acuerdos establecidos, sustentado en que la transformación productiva y el desarrollo institucional se debe abordar de manera simultánea ya que se considera interdependientes una del otro.
Por los motivos antes enunciados, las partes acuerdan suscribir el presente convenio de Cooperación y complementación que quedará sujeto a las siguientes cláusulas:
FINALIDAD DEL CONVENIO
PRIMERA: “el INTA, la A.C.E.P.T. y la MR” acuerdan desarrollar acciones de manera articulada tendientes a fortalecer el trabajo de promoción del Desarrollo Territorial que las instituciones realizan en sus ámbitos de acción.
A tal fin, promoverán la implementación local de estrategias de intervención disponibles en cada institución para el apoyo al Desarrollo Local mediante el fortalecimiento de procesos de transformación institucional, social, y productiva en un marco de participación, organización, concertación y articulación en redes entre los actores vinculados al Desarrollo Territorial Rural.
COMITÉ COORDINADOR
SEGUNDA: A los efectos del logro de los fines propuestos, se crea un Comité Coordinador integrado por un miembro titular y uno suplente por cada una de las partes, el que deberá constituirse dentro de los quince (15) días de la firma del convenio. Las partes podrán reemplazar sus representantes cuando así lo consideren conveniente, con la obligación de comunicar por escrito en forma inmediata a las otras partes, los reemplazantes designados.
TERCERA: El Comité Coordinador tendrá las siguientes atribuciones y funciones: a) Preparar el Programa anual de actividades, el correspondiente presupuesto anual de gastos y el flujo de fondos para su ejecución. B) modificar el programa anual de actividades y su correspondiente presupuesto en cualquier momento de su desarrollo, cuando a través del seguimiento se compruebe la necesidad de hacerlo para logro de los objetivos del convenio. C) Proceder al seguimiento de los trabajos afectados al convenio y establecer el grado de avance del Proyecto. D) Tratar todas las formulaciones, propuestas y/o recomendaciones que surjan de las partes contractuales, referente al Proyecto conjunto y que no estén comprendidas en el detalle de funciones. E) Resguardar la confidencialidad de la información cuando la misma tenga este carácter. F) Aprobar las publicaciones y/o documentos producidos. G) Lo tratado y resuelto en las reuniones ordinarias y extraordinarias será consignado en actas las que deberán por los miembros titulares y suplentes presentes de cada institución.
OBLIGACIONES DE LAS PARTES
CUARTA: El “INTA”, a través de la Unidad Ejecutora, EEA Pergamino, conducirá los trabajos necesarios para el logro de los objetivos de la cláusula primera. El “INTA” designa como responsable del presente convenio al Méd. Vet. Roberto Luís Pellegrino con funciones de coordinación y responsabilidad técnica y administrativa” y al Lic. Juan Carlos Lisa con funciones de coordinación local y responsabilidad técnica en territorio sobre actividades correspondientes al “INTA”.
La “MR” designa como responsables del presente convenio al Secretario de Producción, Turismo y Empleo Lic. Aldo C. C. Saia con funciones de coordinación y responsabilidad de la ejecución técnica y administrativa de las actividades correspondientes a la “MR”.
“A.C.E.P.T.”, a través del Área de desarrollo Comunitario, designa como responsable del presente convenio al Ing. Marcelo Fariña (Coordinador del Área de la Producción) con funciones de coordinación y responsable de la ejecución técnica y administrativa de las actividades correspondientes a A.C.E.P.T.
Las partes se comprometen a aportar el personal profesional enunciado en Anexo, especificando la responsabilidad y tiempo afectado por cada uno de ellos para el cumplimiento de las actividades (Nº de días).
Las partes, a través del Comité Coordinador, se obligan a comunicar por escrito sobre cambios eventuales que pudieran producirse con la obligación que los mismos no afecten el objetivo del presente convenio ni el programa de actividades estipulado.
INSTRUMENTACIÓN
QUINTA: En los años sucesivos a la firma del presente Convenio, las partes, a través del Comité Coordinador, deberán elaborar y elevar a las autoridades competentes, para su aprobación y firma, las actas donde se establece el proyecto de trabajo, cronograma anual de actividades, el presupuesto anual estimado y personal participante.
PUBLICACION. NORMAS
SEXTA: Los resultados parciales o definitivos que se obtengan en virtud del presente convenio, podrán ser publicados de común acuerdo, dejándose constancia en las publicaciones de la participación de cada una de las partes. En cualquier caso, toda publicación o documento relacionado con este instrumento y producido en forma unilateral, hará siempre referencia al presente convenio firmado. Las partes deberán manifestar claramente la colaboración prestada por la otra sin que ello signifique responsabilidad alguna para ésta respecto al contenido de la publicación o documento.
PROPIEDAD DE LOS BIENES.
SEPTIMA: Los bienes muebles e inmuebles del A.C.E.P.T., del INTA y MR afectados a la ejecución del presente convenio que se destinen al desarrollo de los planes de trabajo, o los que pudieran agregarse y/o utilizarse en el futuro, continuarán en el patrimonio de las partes a la que pertenece, o con cuyos fondos hubiesen sido adquiridos, salvo determinación en contrario manifestación formalmente.
OCTAVA: Los elementos inventariados entregados por una de las partes a la otra en calidad de préstamo deberán ser restituidos a la parte que los haya facilitado una vez cumplida la finalidad para la que fueron entregados, en buen estado de conservación, sin perjuicio del desgaste ocasionado por el uso normal y la acción del tiempo. La parte receptora será considerada a todos los efectos como depositaría legal de los elementos recibidos.
AUTONOMIA DE LAS PARTES Y RESPONSABILIDADES
NOVENA: El INTA, A.C.E.P.T. y MR dejan formalmente establecido que cada parte afrontara los riesgos de accidentes y/o enfermedades de su propio personal mientras desempeñe su actividades y se hará cargo del mantenimiento de los bienes puestos a su disposición para el cumplimiento de los objetivos del presente convenio. También asumirán la responsabilidad por todo acto u omisión que cause gravamen de cada una de las partes respecto a su propio personal.
DECIMA: La falta de cumplimiento de sus obligaciones por parte del personal de la A.C.E.P.T. o de INTA o MR afectado a la ejecución del presente convenio determinará la elevación de los respectivos antecedentes, a la parte de quien dependa a los efectos de que adopten las medidas que correspondan según los estatutos que lo rijan.
DECIMO PRIMERA: En toda circunstancia o hecho que tengan relación con el presente instrumento las partes mantendrán la individualidad y autonomía de sus respectivas estructuras técnicas y administrativas y asumirán particularmente en consecuencia, las responsabilidades consiguientes.
POSIBILIDAD DE ACUERDOS CON IGUAL FINALIDAD
DECIMO SEGUNDA: Se deja expresa constancia que la situación del presente Convenio no significa un obstáculo para que MR, A.C.E.P.T. o INTA en forma conjunta o individual puedan celebrar otros acuerdos con idéntica finalidad con otras Entidades o Instituciones del país o del extranjero. En este supuesto las partes deberán notificar anticipadamente a la otra, dándole la intervención necesaria a fin de coordinar posibles tareas comunes.
RECAUDOS PARA EL NORMAL DESARROLLO
DECIMO TERCERA: MR, A.C.E.P.T. y el INTA en forma conjunta o separada tomarán los recaudos necesarios para evitar interferencias de cualquier índole que alteren el normal desarrollo de las actividades que surjan de los compromisos adquiridos por el presente convenio y las que les corresponde específicamente.
BUENA FE Y CORDIALIDAD
DECIMO CUARTA: MR, A.C.E.P.T. y el INTA observarán en sus relaciones el mayor espíritu de colaboración y las mismas se basarán en los principios de buena fe y cordialidad en atención a los altos fines perseguidos en común con la celebración del presente convenio.
CONTROVERSIAS Y JURISDICCION
DECIMO QUINTA: Las partes se comprometen a resolver en forma directa y amistosa entre ellos y por las instancias jerárquicas que correspondan, los desacuerdos y discrepancias que pudieran originarse en el planteamiento y ejecución de las actividades, y en caso de contienda judicial se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal y Civil y Comercial Federal de la Capital Federal, renunciando a cualquier otro fuero o jurisdicción que pudiera corresponder.
NOTIFICACIONES
DECIMO SEXTA: Para todos los aspectos legales, las partes constituyen los domicilios que se mencionan “ab initio”.
DURACION
DECIMO SEPTIMA: El presente convenio tendrá una duración de dos (2) años y entrará en vigencia a partir de la fecha de su firma, pudiendo ser prorrogado por un término igual mediante acuerdos de las partes y previa evaluación de los resultados obtenidos.
RESCISION
DECIMO OCTAVA: Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente convenio cuando la otra no cumpla con la/s obligación/es establecidas en el mismo. Previamente deberá intimarse el cumplimiento efectivo de la/s misma/s en un término de treinta (30) días corridos, bajo apercibimiento de proceder a la rescisión de este convenio.
DECIMO NOVENA: Cualquiera de las partes podrá rescindir unilateralmente el presente convenio comunicándolo por escrito a la otra parte con una anticipación de sesenta (60) días a la fecha del vencimiento. La rescisión no dará derecho alguno a las partes a formular reclamos de indemnización de cualquier naturaleza. En caso de una rescisión de esta índole, los trabajados en ejecución deberán continuar hasta su finalización.

En prueba de conformidad se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de Rojas a los 03 días del mes de Agosto del año dos mil nueve.
INTA          ACEPT          MR

ANEXOS
ANEXO I
CONVENIO INTA – M.R. – ACEPT Nº 10
PROYECTO DE TRABAJO Y CRONOGRAMA DE ACTIVIDADES
Para el año 2009, el INTA, la MR y A.C.E.P.T. Nº 10 acuerdan en trabajar en forma conjunta, coordinando esfuerzos y recursos y de acuerdo a la planificación de cada ítem que a continuación se detalla:
➢ Acompañar y participar en los procesos de intervención del programa “Mujeres Rurales” y “Programa Pueblos” tanto sea en asistencia técnica, recursos económicos, organizativos, estructuras. En la actualidad se están desarrollando actividades simultáneas en parajes como “La Beba”, R. Cano, Hunter y Sol de Mayo.
Se proveerá capacitación a alumnos, jóvenes egresados, productores y comunidad en los siguientes temas priorizados:
Monitoreo de cultivos (trigo, maíz y soja).
El objetivo planteado es capacitar a jóvenes, productores y estudiantes en la evaluación de pérdida en cosecha y post cosecha en trigo, maíz y soja.
Existen demandas concretas por parte de contratistas en formar a jóvenes que puedan desempeñarse con técnicas en tal sentido y a su vez puede ser una salida laboral concreta.
Fecha estimada para la concreción: febrero /mar/ abril/09 y noviembre / diciembre /09. Se gestionará en varias jornadas, procurando generar competencias teóricas pero por sobre todo práctica.
Capacitación en siembra de cultivos.
Dada la realidad productiva de la zona, la tendencia a la especialización y características en el manejo y calibración de sembradoras, es necesario profundizar información en este aspecto. En énfasis estará puesto en las cuestiones prácticas a campo. Estará dirigido a alumnos y productores de la comunidad del C.E.P.T.
Puede concretará mediante dos charlas durante este año 2009 año.
Control de plagas y enfermedades en cultivos de trigo, soja y maíz.
La finalidad es crear un grupo de jóvenes y productores especialistas en tal sentido que puedan brindar el servicio de monitoreo de plagas en la zona.
Se gestionará mediante el desarrollo de un curso intensivo, de tres meses de duración y para un grupo de aproximadamente 20 personas.
En la zona existen demandas en tal sentido tanto de contratistas como otros actores que desean dedicarse a tal actividad.
Se concretará por etapas, una para el trigo y otra para la soja y maíz.
Agricultura de precisión.
El objetivo es conocer mejor y lograr mayor confianza y utilización de los usos e información que se puede relevar de los instrumentos computarizado a bordo de las herramientas agrícolas.
Está dirigido a jóvenes, empleados rurales y productores.
Se iniciará con tractores, cosechadoras y pulverizadores. Se articulará con proveedores locales que pueden colaborar en la organización y o facilitar las herramientas.
Visitas a la EEA Pergamino
Concretar por lo menos 2 visitas con alumnos para profundizar distintos aspectos (cerdos, elaboración de balanceados en animales de corral, climatología, cultivos, bovinos) para vivenciar el desarrollo e investigación en cada rubro.
Producciones familiares:
Huerta:
* Multiplicación de aromáticas, flores y plantas de jardín: es una demanda que se origina en el grupo de Mujeres Rurales y está orientadas a familias y alumnos de escuelas primarias y secundarias rurales y comunidad en general. Se realizará en parajes (a definir).
Analizar la viabilidad de realizarlos en varias jornadas, para darle mayor profundidad y práctica a las actividades.
* Fabricación de herramientas y elementos de la huerta: la finalidad es que los alumnos, de acuerdo a las distintas edades, puedan fabricar herramientas. Esto se encadena con que la institución cuenta con maquinas y herramientas para poder fabricar y aplicar distintos conocimientos brindados en otros espacios. Está dirigido a alumnos del C.E.P.T. Nº 10.
* Huerta orgánica: brindar en Rojas asesoramiento sistematizado y periódico sobre la producción hortícola orgánica a nivel familiar. Se trabajaría con instituciones educativas (Taller Protegido, C.E.P.T.) que en la actualidad están llevando a cabo tareas en tal sentido, pero sin una asistencia sistemática por parte del INTA.
Animales de granja:
Desarrollar distintas capacitaciones sobre el manejo y crianza de gallinas ponedoras, pollos camperos y pavos híbridos.
Elaboración y conservación de alimentos caseros:
Para que las familias relacionadas al puedan mejorar aspectos bromatológicos y aspectos relacionados a una mejora en la presentación, envase, etiqueta con la apoyatura del programa Finanzas y Mercadeo.
Turismo rural:
Para los parajes de La Invencible, Arroyo Dulce, Rancagua, Cano, Hunter. En el marco del programa pueblo y Mujeres rurales se ha detectado interés en profundizar una actitud emprendedora y pro activa para mejorar los servicios y ofertas turísticas en estos parajes.
➢ Análisis de la factibilidad de realizar un estudio sobre la flora y fauna del Río Rojas, evaluando la contaminación del agua y peces.
➢ Integrar las acciones de concientización sobre la extracción y uso comercial del agua extraída del acuífero y los resultados de las investigaciones y experiencias de los freatimetros instalados en el Partido de Rojas.
➢ Organizar visitas por parte de docentes a la EEA Pergamino para profundizar en el conocimiento de las características y componentes de los sistemas productivos locales.
ANEXO II
CONVENIO INTA – ACEPT – MR
PERSONAL PARTICIPANTE INTA
NOMBRE RESPONSABILIDAD TIEMPO AFECTADO (días)
Juan Carlos Lisa Gestión local 160
Diana Chiraulo Participante 160
Roberto Pellegrino Coordinador 50
Sandra Pizarro Participante 20
M. Eugenia Sticconi Participante 30
Luis Jacquelin Participante 30
Ramón Solá Participante 30
Ricardo Pontoni Participante 30
Lucrecia Couretot Participante 3
PERSONAL PARTICIPANTE A.C.E.P.T.
NOMBRE RESPONSABILIDAD TIEMPO AFECTADO (días)
Marcelo Fariña Coordinador 160
Juan Pubill Coordinador 30
Julio Pique Participante 20
PERSONAL PARTICIPANTE MR
NOMBRE RESPONSABLE TIEMPO AFECTADO (días)
Aldo Saia Coordinador 50
Leonardo Mazzucchelli Participante 160
Ariel Paniagua Participante 160

ANEXO III –
CONVENIO INTA – M.R. – A.C.E.P.T. Nº 10
APORTES
1. - A APORTAR POR EL “INTA”:
Los fondos serán ejecutados dentro del presupuesto del “INTA”, Programa Federal de Apoyo al Desarrollo Rural Sustentable, “PROFEDER”, correspondiente a la EEA Pergamino, y provendrán de la asignación específica destinada al proyecto que realice la coordinación de extensión y programas de intervención del “INTA”.
a- Recursos Humanos: Un Agente de gestión local, dedicación 210 días/año: $ 60.000
b- Recursos operativos: Monto total anual: $ 12.000.-
Subtotal 1: $ 72.000
2. -A APORTAR POR LA “MR”:
a- Recursos Humanos: Coordinación con dedicación parcial.
Subtotal 2: $ 31.200
b- Infraestructura:
Movilidad: 3.000 Km, anuales: $ 1.800
Ámbito físico para sede del agente PROFEDER, gabinete informático y apoyo didáctico: hardware y software y servicios conexos: $3.720
Subtotal 2: $ 36.720
3. -A APORTAR POR LA A.C.E.P.T. Nº 10 DE HUNTER
a- Recursos Humanos: Coordinación con dedicación parcial.
Subtotal 2: $ 32.500
b- Infraestructura:
Movilidad: 6000 Km, anuales: $ 3.600
Ámbito físico, gabinete informático y apoyo didáctico: hardware y software y servicios conexos: $ 3.720
Monto total anual: $ 39.820

(1) Los fondos de INTA, A.C.E.P.T. Y M.R. son solamente aportes valorizados (no efectivos).

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